Programa sobre Opción de Retiro

Para empleados contratados a partir del 1º de julio del 2016

En lo que respecta a elegir sus beneficios primarios de retiro (requerido), usted tiene dos opciones — Opción de Pensión u Opción de Ahorros.

Ambas opciones están diseñadas para proporcionarle ingresos de retiro además de los beneficios de Seguridad Social y cualesquiera ahorros para su retiro que usted pudiera tener.

Calificación

Usted califica para una opción de beneficios primarios de retiro si:

  • Fue contratado para un puesto calificado como miembro de la facultad o personal de carrera a partir del 1º de julio del 2016; O
  • Fue contratado para un cargo no calificado a partir del 1º de julio del 2016 y luego calificó para recibir beneficios de retiro.

Si a usted lo representa un sindicato, sus beneficios de retiro se rigen por el contrato entre el sindicato y la UC. Por consiguiente, sus beneficios pudieran ser diferentes a los beneficios aquí delineados. Por favor, vea su acuerdo de negociación colectiva para más detalles.

Recontratados, nuevas calificaciones y ex miembros calificados de la facultad y personal de CalPERS >

Compare las dos opciones

Decidir cuál opción es la correcta para usted depende de muchos factores, inclusive su edad, el tiempo que usted espera trabajar en la UC, su situación financiera personal, su estilo inversionista y tolerancia de riesgo, y cuántos ingresos de retiro usted espera recibir de otras fuentes (p. ej., Seguridad Social). Ambas opciones ofrecen una valiosa oportunidad de ingresos de retiro, pero cada una funciona diferentemente. Abajo se comparan las dos:

Opción de Pensión

Beneficio de pensión de UCRP
Componente suplementario de tipo 401(k)

Opción de Ahorros

Independiente, de tipo 401(k)

Pensión con pagos de beneficios de retiro previsibles de por vida. Incluye beneficios por discapacidad y opciones de ingresos para supervivientes calificados.

Una cuenta de la que usted puede sacar dinero durante su retiro. Los fondos restantes pueden dejarse a sus beneficiarios. No incluye beneficios por discapacidad ni para supervivientes.

Dos componentes:

    1. Beneficio de pensión basado en paga calificada hasta el máximo de PEPRA ($146,042 en 2023);
    2. Cuenta suplementaria de tipo 401(k) para miembros designados de la facultad, y todos otros miembros calificados del personal y académicos nombrados, con paga calificada sobre el máximo de PEPRA

Entienda sus opciones: paga calificada, ganancias máximas de retiro y facultad designada >

Un componente:

Un beneficio independiente de tipo 401(k) basado en paga anual calificada de hasta el máximo estipulado por el IRS para el 2023 de $330,000, con contribuciones mandatorias.

Entienda sus opciones: paga calificada, ganancias máximas de retiro y facultad designada >

  1. El beneficio de pensión se basa en servicio acreditado en el UCRP, promedio más en 36 meses de paga calificada (hasta el máximo de PEPRA) y edad al retirarse.
  2. El saldo de su cuenta suple-mentaria depende de las contribuciones suyas y de la UC, más el rendimiento de la inversión.

Saldo de la cuenta basado en las contribuciones suya y de la UC, más el rendimiento de la inversión.

Usted contribuye el 7% de su paga anual calificada, pre-impuestos, hasta el máximo estipulado por el IRS.

Para el beneficio de pensión de todos los empleados, la UC contribuye un porcentaje, determinado por los Regentes de la UC, de su paga anual calificada hasta $146,042.

Para el suplemento de la facultad calificada la UC contribuye el 5% de toda la paga calificada hasta $330k.

Para el suplemento del personal calificado y otros académicos con nombramiento, la UC contribuye el 3% de la paga calificada por encima de $146,042 hasta $330k.

Usted contribuye el 7% de su paga anual calificada, pre-impuestos, hasta el máximo estipulado por el IRS.

La UC contribuye el 8% de su paga anual calificada hasta el máximo estipulado por el IRS.

La UC invierte el dinero en el Plan de Retiro de la UC. Usted invierte cualquier dinero en la cuenta suplementaria.

Usted invierte el dinero. Las herra-mientas, recursos, y asesoramiento individual de la UC le ayudan a Ud. a entender las opciones de inversión.

Sus beneficios del UCRP serán conferidos (calificar para cobrar pensiones, conforme a las reglas del plan) una vez que usted cumpla cinco años de servicio acreditado en el UCRP. Usted comienza a ganar servicio acreditado por tiempo traba-jado al empezar a contribuir.

Sus contribuciones a su cuenta suplementaria serán conferidas de inmediato. Las contribuciones de la UC se conferirán al usted cumplir cinco años de servicio acreditado en el UCRP. Las distribuciones se rigen por las reglas del plan.

Sus contribuciones a su cuenta serán conferidas inmediatamente. Las contribuciones de la UC serán conferidas al cabo de un año. Las distribuciones se rigen por las reglas del plan.

La inscripción en la Opción de Pensión es permanente. Los empleados que no elijan una opción dentro del plazo de 90 días serán inscritos automáticamente en la Opción de Pensión.

Entienda sus opciones: Cambio de Opción de Ahorros a Opción de Pensión >

Sujeto a la aprobación del IRS, la UC puede ofrecerles a los empleados que inicialmente eligieron la Opción de Ahorros una oportunidad futura de una sola vez de cambiarse a la Opción de Pensión.

Entienda sus opciones: Cambio de Opción de Ahorros a Opción de Pensión >

Considere la Opción de Pensión si usted:

  • Espera trabajar en la UC la mayor parte de su carrera.
  • Quiere tener ingresos de retiro en forma de pagos previsibles.

Considere la Opción de Ahorros si usted:

  • Quiere un beneficio de retiro portátil que Ud. pueda pasar a una IRA o plan de retiro de otro empleador si deja la UC.
  • Se siente cómodo eligiendo y manejando sus inversiones.

Seleccione

Recuerde, Ud. tiene 90 días desde la fecha de calificar en su opción de retiro para elegir un beneficio pri-mario de retiro —Opción de Pensión u Opción de Ahorros. Su plazo de inscripción se cierra cuando Ud. elige. Si Ud. no elige una opción de retiro primaria, automáticamente será inscrito en la Opción de Pensión al final del plazo de 90 días.

Una vez que decida cuál opción es mejor para Ud., elegir será rápido y fácil. Por favor consulte estas instrucciones paso a paso para obtener más información sobre cómo inscribirse. 

  1. Haga su selección en línea (online) entrando al sitio de myUCretirement.com/choose. Usted recibirá un curso rápido sobre sus opciones y cómo se comparan.
  2. Regístrese y empiece su sesión en línea cuando el sistema se lo solicite.  Entonces seleccione la opción que ha decidido es la más favorable para usted.
  3. Ud. recibirá una declaración de confirmación indicando su opción.
  4. Sus contribuciones comenzarán a deducirse de su sueldo después que Ud. elija (usualmente tras uno o dos ciclos de pago).

¿Necesita ayuda para decidirse?