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Plan de Jubilación de la UC, nivel 2013

Para empleados contratados del 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2016

Como miembro del nivel 2013 del Plan de Jubilación de la UC (UCRP, por sus siglas en inglés), puede optar por retirarse y recibir beneficios en cualquier momento después de cumplir con todos los requisitos, es decir, cuando cumpla 55 años y deje su empleo en la UC con al menos cinco años de créditos por servicio. Cuando se jubile, puede elegir un beneficio mensual de por vida. También puede ser elegible para recibir beneficios de salud para retirados.

En esta página:

¿Cómo devengo beneficios de pensión?

Mientras está empleado en la UC, usted hace contribuciones antes de impuestos (el 7% de su compensación cubierta) y obtiene créditos por servicio que cuentan hacia un beneficio de pensión vitalicio. Su pensión se basa en una fórmula que tiene en cuenta su tiempo en la UC, su edad de jubilación y su salario más alto (promedio durante tres años).

¿Cuándo soy elegible para recibir (o se me confieren) mis beneficios de jubilación?

Usted debe ganar cinco o más años de créditos por servicio de la UCRP para que se le “confieran” los beneficios, lo que significa que tiene un derecho irrevocable a recibir los beneficios de retiro del UCRP al salir de la UC y alcanzar la edad de jubilación.

Si deja la UC antes de que se le «confieran» sus derechos, tiene derecho a un reembolso de sus contribuciones a la UCRP más los intereses acumulados.

Otros beneficios del UCRP

Consulte el Resumen de la Descripción del Plan para Miembros de Nivel 2013 del UCRP (PDF) y los recursos adicionales a continuación para obtener información detallada sobre sus beneficios del UCRP, incluyendo: