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Beneficios de salud y vivienda para retirados

La UC continúa su compromiso con la salud y el bienestar de los retirados al ofrecer una cobertura médica y dental generosa, además de otras opciones a un costo económico.

Obtenga más información acerca de los beneficios que podrá seguir usando

Elegibilidad para los beneficios de salud y vivienda para los retirados

Para poder recibir los beneficios de salud y vivienda para jubilados, debe cumplir con las reglas generales de elegibilidad de la UC y los requisitos de edad y créditos por servicio correspondientes, lo cual depende de su fecha de contratación (consulte las categorías a continuación).

Si se inscribe en los beneficios de retiro de la UC o es contratado nuevamente (después de una interrupción de más de 120 días en el servicio):

Contribución de la UC a las primas médicas y dentales

Actualmente, la UC comparte el costo mensual de la cobertura médica y dental con los jubilados elegibles. La contribución máxima de la UC varía cada año dependiendo de los costos generales. Los retirados pueden ser elegibles para recibir del 5% al 100% de la contribución máxima de la UC a las primas. Esto se conoce como “elegibilidad ajustada” y no le aplica si usted se convirtió en miembro del UCRP antes del 1 de enero de 1990 y no ha tenido una interrupción en su empleo por más de 120 días.

Si fue contratado o recontratado en o después del 1 de enero de 1990, la cantidad que la UC contribuirá a sus costos mensuales se calcula basado en los créditos por servicio que ganó y su edad al momento de jubilarse. El cálculo depende de la fecha de contratación.